Plan de Emergencia Habitacional, ¿qué significa?

Uno de los aspectos más destacados que están presentes en la Ley de Integración Social, es la inclusión del Plan de Emergencia Habitacional, que fue dado a conocer públicamente a principios de julio por parte del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

El Plan de Emergencia incorpora los compromisos del Estado desde un enfoque activo de reconocimiento, promoción y protección de derechos, fomentando acciones y articulando medidas afirmativas que conduzcan a la reducción de inequidades, brechas y barreras que limitan la participación de los grupos de especial protección en los programas del MINVU.

Este Plan se da por iniciado el año 2022 y debe finalizar el año 2025, donde el foco prioritario de los proyectos e iniciativas que desarrolla debe estar en la urgencia habitacional de las familias del tramo 40% del Registro Social de Hogares (RSH), de mayor vulnerabilidad socioeconómica o menores ingresos. Se busca generar 260 mil soluciones habitacionales para un déficit cercano a las 600 mil viviendas.

En ese sentido, hay coincidencia completa entre los sectores público, privado y el mundo de las organizaciones civiles y territoriales, en que la única forma de generar una política pública capaz de revertir la creciente brecha habitacional, es en un trabajo mancomunado y urgente.

Pero el plan no sólo se enfoca en entregar soluciones materiales que exclusivamente se concentran en la vivienda. Al poseer un enfoque integral, también vela por entregar soluciones que respondan a las particularidades locales de cada territorio, a través de procesos participativos, favoreciendo la dignidad y permitiendo un mayor involucramiento de las comunidades. Esto se refleja, por ejemplo, en la creación de un Centro de Formación y Diálogo en Vivienda, Barrio y Ciudad a través del cual se capacitarán a dirigentes o también en la incorporación de Planes de Acompañamiento Social y Comunitario en nuevos programas habitacionales.

En concreto, el Plan cuenta con con diez ejes estratégicos: Absorber como mínimo el 40% de la demanda habitacional; asegurar equipamiento social intersectorial en nuevos proyectos; robustecer el Banco de Suelo Público; impulsar el arriendo protegido; diversificar las modalidades de acceso a la vivienda y el tipo de tenencia; promover la autogestión habitacional y barrial; facilitar la radicación y la movilidad habitacional; mejorar la relación con la ciudadanía; aunar esfuerzos y recursos en los territorios; y mejorar procesos de producción habitacional

Es un plan ambicioso que requiere una bajada de implementación regional y comunal, además de puntualizar el rol específico que tendrán otros actores claves como lo son las organizaciones sin fines de lucro y los propios municipios, que sin duda deben participar activamente en solucionar la crisis habitacional.

Fotografía de vivienda ubicada en la Chimba, Antofagasta

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Subsidio DS49: una oportunidad para construir la vivienda propia

El Subsidio DS49 o Fondo Solidario de Elección de Vivienda es parte de los beneficios entregados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), con el cual se puede acceder a la compra de una vivienda nueva o usada, permitiendo también la construcción de una casa; respecto al último punto, este se puede asociar a la poco conocida Glosa 12.

Pero ¿en qué consiste la Glosa 12?

La Glosa 12, en palabras sencillas, entrega mayores recursos para poder comprar un terreno, que se encuentre en un sector bien ubicado y que esté dentro de los estándares de desarrollo urbano, permitiendo así el acceso a bienes y servicios públicos. 

Este beneficio fue diseñado exclusivamente para los comités de vivienda (de 2 a 160 familias), el cual les permite optar a una vivienda digna, en medio de la escasez y encarecimiento de los terrenos. 

Respecto a los requisitos para poder acceder a este beneficio, se debe pertenecer a un comité o cooperativa de vivienda, el cual debe contar con una entidad patrocinante (EP), una promesa de compraventa de un terreno y la obtención de los subsidios habitacionales correspondientes, entre otros.

¿Alguien ha utilizado este beneficio para obtener una vivienda propia?

Según la Política Habitacional 2022-2026 realizada por el MINVU, entre el 2020 y 2021 a nivel nacional, se han obtenido 52 terrenos, a través de los cuales se han visto beneficiadas 6.230 familias. Un ejemplo de esto, son tres comités pertenecientes a Valdivia que recibieron el beneficio.

Como fundación, actualmente nos encontramos trabajando en el proyecto habitacional Santa Margarita, ubicado en la comuna de Independencia. El complejo habitacional, es el primero en realizarse con el beneficio de la Glosa 12. Gracias a este plan, se verán beneficiadas 30 familias.

Si desea postular a este beneficio, puede encontrar mayor información en el sitio oficial del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), además de conocer las fechas de postulación y las comunas a las que estará enfocada.


¿Conoces a alguien que haya obtenido este beneficio? ¿Cómo ha sido su experiencia? Puedes entregarnos tu opinión a través de nuestras redes sociales: Instagram, Facebook y Twitter; o en la sección de comentarios de aquí abajo.

Entidad Patrocinante: un apoyo necesario

Al momento de decidir postular a una vivienda propia, se deben revisar las diferentes opciones de subsidios habitacionales, y optar por el que mejor se adapte a la situación de cada familia. 

La mayoría de las condiciones son claras, como tener más de 18 años y/o contar con cédula de identidad vigente; aunque, hay veces que aparecen requisitos y procesos que son difíciles de entender.

Un ejemplo de ello, ocurre en el Fondo Solidario de Elección de Vivienda (DS49), al cual se puede acceder con la asesoría de una entidad patrocinante, pero ¿qué significa eso?

Una entidad patrocinante (EP), corresponde a una persona natural o jurídica, pública (por ejemplo, una municipalidad) o privada, con o sin fines de lucro (cooperativas abiertas de vivienda, corporaciones, fundaciones, inmobiliarias y empresas constructoras). Tiene como fin principal, ser un intermediario entre las familias, el Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU) y la constructora encargada, durante el desarrollo del proyecto habitacional.   

¿Cuál es la importancia de dicho requisito?

Quien cumpla el rol de entidad patrocinante, deberá apoyar en una serie de tareas a las familias, partiendo con el papel principal de asesorar a las personas postulantes, cerciorarse del cumplimiento de los requisitos, conocer los ahorros de las familias; generar diagnósticos técnicos y sociales, presentar el proyecto al SERVIU correspondiente, entre otras actividades necesarias para que los beneficiarios y beneficiarias puedan acceder a la vivienda definitiva.

Cabe mencionar que las familias escogen a la Entidad Patrocinante. También, que esta entidad no sólo funciona como requisito en el subsidio DS49, sino que también es necesaria en el Programa Hogar Mejor: ampliación de vivienda, ya que debe asesorar a las familias que quieren mejorar y/o ampliar sus viviendas. 

Cómo fundación, contamos hace más de 13 años con nuestra entidad patrocinante “Gestión Vivienda”, a través de la cual hemos realizado diversos proyectos. Como ejemplo, “Maturana 1203” en la comuna de Santiago, que benefició a 58 familias; “Vista Hermosa II” en el Maule, con el cual se logró apoyar a 198 familias que fueron afectadas por el terremoto y tsunami del 2010, entre otros proyectos a lo largo del país. En nuestra fundación, el foco principal no es solamente realizar buenos proyectos técnicos, sino que darle valor a la intervención social y/o trabajo con las comunidades y familias beneficiadas, porque la vivienda es el principio y no el fin.

¿Sabías lo que es una entidad patrocinante? ¿Qué opinas sobre su labor? Puedes entregarnos tu opinión a través de nuestras redes sociales: Instagram, Facebook y Twitter; o en la sección de comentarios de aquí abajo.

Arriendo, ¿una solución posible para combatir el déficit?

Chile se encuentra en una crisis de déficit habitacional, que se agudizó por la pandemia del Covid-19; esto se ha reflejado principalmente en el aumento de personas en situación de allegados y la constante creación de nuevos campamentos en distintas zonas del país. Dejando en evidencia, que cada vez es más complicado poder acceder a una vivienda propia y que cuente con lo necesario para ser digna. 

Al no contar con una vivienda propia, surge la necesidad de obtener una, pero el precio de las viviendas es cada vez más elevado. A esto, se debe incorporar que la inflación es cada vez mayor, por lo que optar a un crédito hipotecario sería pagar una tasa de interés muy alta. 

Entonces, ¿qué opción tienen las familias para vivir de manera digna? Por el momento, la única alternativa que aparece es arrendar una vivienda.  Actualmente, en Chile existen beneficios enfocados al alquiler de una vivienda, entre ellos está el subsidio de arriendo y el Leasing Habitacional, siendo este último en el que ahondaremos a continuación. 

Pese a que también ha subido el valor de los arriendos, es necesario recordar la existencia del Leasing Habitacional, el cual es un beneficio para personas que pueden pagar un arriendo, pero que no tienen la capacidad de generar el ahorro suficiente para postular a otros sistemas de subsidio habitacional; este servicio es ofrecido por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU). A través de este programa estatal, las personas pueden arrendar una vivienda nueva o usada a un privado, y en el contrato de arrendamiento queda estipulada una promesa de compraventa, por lo que próximamente la propiedad puede ser suya.

Los requisitos para optar a este beneficio son: ser mayor de edad, estar inscrito en el SERVIU, no tener propiedades ni haber optado a un beneficio antes, contar con una Cuenta de Ahorro de Leasing Habitacional y no tener otro contrato de arrendamiento con promesa de compraventa. Si esta solución no le sirve, en el sitio web del MINVU podrá encontrar otros beneficios habitacionales.   

¿Qué te parece este beneficio? Puedes darnos tu opinión sobre él, a través de nuestras redes sociales: Instagram, FacebookTwitter.